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Beneficios sociales

Cómo RECIBIR del INSS sin haber cotizado nunca

El Beneficio de Prestación Continuada (BPC) está garantizado por la Ley Orgánica de Asistencia Social (LOAS) y es pagado por el Gobierno para las personas mayores de 65 años o más o con algún tipo de discapacidad y que se encuentren en una situación de dificultad económica. Para tener derecho al BPC es necesario cumplir con los siguientes requisitos: ser adulto mayor o tener una discapacidad, tener un ingreso familiar de hasta ¼ de salario mínimo por persona que conviva con el solicitante, contar con una opinión favorable de un trabajador social en el Centro de Referencia Asistencial (CRAS) de la región y estar inscrito en el Registro Único de Programas Sociales del Gobierno Federal.

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Cobrar la jubilación, sin embargo, puede traer más ventajas que la BPC, como la posibilidad de acumularla con una pensión por fallecimiento, no tener que pasar por reliquidaciones, trabajar y seguir cobrando la prestación, derecho al 13º salario, facilidad para contratar nómina. préstamos y el valor del beneficio puede ser mayor que un salario mínimo.

BPC e INSS

Para pasar de BPC a jubilación es necesario haber cotizado a la Seguridad Social y cumplir con los requisitos mínimos de tiempo de cotización, invalidez o edad. Incluso aquellos que dejaron de cotizar pueden tener derecho a una jubilación y deben consultar el sitio web o la aplicación del INSS para verificar su situación.

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Además, es importante resaltar que para pasar de BPC a retiro se deben seguir ciertos trámites. El primer paso es concertar una cita con el INSS para comprobar si tienes derecho a la jubilación y, en caso afirmativo, cuál es el mejor camino a seguir. A continuación, es necesario completar y presentar los documentos necesarios para presentar la solicitud de jubilación.

Es importante recordar que, durante el proceso, puedes contar con la ayuda de un abogado especialista en pensiones para que te guíe y se asegure de que todos los documentos estén correctos y completos. Además, es necesario monitorear el progreso del proceso y estar preparado para realizar exámenes médicos, si es necesario.

En resumen, la Prestación de Prestación Continuada (BPC) está destinada a personas mayores o discapacitadas en situación de dificultad económica. La jubilación, por su parte, es un tipo de prestación destinada a las personas que han cotizado a la Seguridad Social y cumplen los requisitos de tiempo de cotización, edad o invalidez. Para pasar de BPC a jubilación es necesario seguir ciertos trámites y contar con la ayuda de un abogado especialista en seguridad social.